Legislación

La obsesión de prohibir la caza con perros: el primer paso está dado con la nueva Ley de Bienestar Animal

Una ley que cambiará la caza como la conocemos. Desde Bienestar Animal atacan a la actividad cinegética de manera directa con una obsesión: que los perros de caza dejen de ser utilizados para cazar.


 Ley Bienestar Animal
Ley Bienestar Animal

Varios puntos del borrador presentado ayer afectan de forma directa y negativa a la acción cinegética en todo el territorio estatal. Como ya indicó ayer Club de Caza, en un acto celebrado por la mañana se presentó el anteproyecto de Ley de Protección y Derechos de los Animales. Muchas de las prohibiciones que contempla este borrador se venían escuchando desde hace un tiempo y es probable que tal y como ocurrió con la prohibición de la caza del lobo y de la tórtola pueden hacerse realidad. Estas son algunas de las nuevas trabas que el gobierno ecologista pretende poner a la actividad cinegética. Aquí tienes todos los detalles.

Curso de formación para tener perro

Este ha sido uno de los principales puntos que ha hecho saltar las alarmas en el sector. Según se contempla en el artículo 36.1 del borrador presentado “Las personas titulares o responsables de los perros deberán haber realizado previamente un curso de formación acreditado para la tenencia de perros, cuyo contenido se determinará reglamentariamente”.

Esto será un nuevo coste para todas aquellas personas que tengan a su cargo algún perro. Aunque se indica su obligatoriedad, no se habla concretamente de quién tendrá que realizar el curso y de qué manera. Esto afectará directamente a los cazadores que tengan varios perros y de forma abismal a quien tenga rehalas si pretenden que a cada vez que se adquiera un perro tengan que pagar por ley para hacer esa formación, aunque esto es algo que no se ha afirmado todavía.

Castración de perros

Esta proposición de ley deja claro que entres sus intenciones más evidentes está conseguir que se haga efectiva la castración de los perros y evitar la cría por parte de personas que no sean profesionales.

En lo que al artículo 33.3 se refiere, este especifica que cuando “en una misma vivienda o ubicación haya animales de la misma especie y de distintos sexos, al menos todos los miembros de uno de los sexos deben estar esterilizados, salvo en el caso de criadores inscritos en el Registro Nacional de Criadores”

Por si no fuese esto suficiente, para los perros de caza se detalla en el artículo 34.2 que aquellos que se encuentren en espacios abiertos o en relación continua con otros animales de la misma especie y distinto sexo, la esterilización será obligada. Esto se traduce a la obligatoriedad de la castración de todos los perros de caza presentes por ejemplo en una rehala.

Cría de perros: la contradicción de una ley chapucera

Otro punto que afecta a los perros de caza es el hecho de que se imponga la posibilidad de criar únicamente por parte de criadores que estén autorizados.

Este punto, aunque chirríe a los cazadores y empleando la ironía al tratar el asunto, deja de tener sentido en el momento en que es obligatoria la castración, esto quiere decir que dificultan bastante el hecho de que se críe.

Por otro lado, los criadores profesionales no lo tendrán tan fácil y para poder desarrollar esto han de tener el núcleo zoológico registrado correctamente.

Gravedad de matar a un animal

Un punto muy importante del anteproyecto es la consideración de matar un animal como una infracción grave sin especificar realmente de qué animal se trata, ¿qué pasará con las especies cinegéticas?

Así se contempla: Artículo 83 Infracciones muy graves. Se consideran infracciones muy graves:

  1. a)  Matar a un animal o causarle secuelas permanentes graves de forma intencionada

Cabe destacar que las sanciones en función de las distintas infracciones son:

  1. a)  Las infracciones leves se sancionarán con apercibimiento o multa de 600 a 30.000 euros
  2. b)  Las infracciones graves con multa de 30.001 a 100.000 euros
  3. c)  Las infracciones muy graves con multa de 100.001 a 600.000 euros.

Otra sanción de hasta 600.000 euros

Dentro del punto de las infracciones, otra sanción que afecta al mundo cinegético es

  1. f)  El aprovechamiento cinegético de gatos comunitarios.

Con esta imposición se pretende que estos animales sean intocables por lo que no se podrá ejercer sobre ellos un control poblacional y esto derivará en graves consecuencias para la caza ya que su presencia descontrolada afecta de forma muy negativa en especies de caza menor.

En aquellos casos en los que se capturase un animal de este tipo se estaría cometiendo una infracción muy grave que vendría acompañada de una muleta de entre 100.000 y 600.000 euros. No obstante, también se le podrá retirar a esa persona tanto el arma como el permiso.

No al silvestrismo y el tiro al pichón

Como ya indicó ayer esta redacción, una de sus intenciones más claras es acabar con estas modalidades, añadiendo en el acto que es algo que se hacía por hobby y parece ser que harán todo lo posible por acabar con ello.

Con este borrador se pretende poner fin al silvestrismo y a la modalidad de tiro al pichón.

Granjas cinegéticas

  1. Según indica el artículo 39.4: “Los animales silvestres criados en cautividad con fines cinegéticos deberán ser identificados de manera individual y visible previo a su puesta en libertad”.

Esto se resumirá probablemente en mayor burocracia y gasto para quienes se encarguen de actividades como esta.

Collares

La prohibición del uso de estos aparatos se contempla en el artículo 32.1 apartado i) Usar pinchos, correas, collares y otros similares que ahorquen o aparatos eléctricos que causen daños y sufrimientos a los animales sin perjuicio de las excepciones que se establezcan reglamentariamente.

Esto afectaría de forma muy negativa para algunos canes que aprenden a base de estos collares de adiestramiento utilizados con conocimiento y uso de razón.

Nada de perdices o codornices

Tradicionalmente muchos cazadores han criado pollos de perdiz, codornices o incluso cimbeles en zonas como naves, cocheras, trasteros… Ahora según indica esta ley, esto estará prohibido.

n) Mantener de forma permanente a los animales en terrazas, balcones, azoteas, trasteros, sótanos, patios y similares o vehículos.

La prohibición de la caza con perros: obsesión de Podemos

«Poner fin a la sinrazón de la caza por el bien de nuestra supervivencia, prohibir la caza con perros»… este es el programa electoral de Podemos e IU

Aquí tienes las principales iniciativas contra la caza que contienen el programa electoral de Adelante Andalucía, la coalición formada por Podemos e Izquierda Unida. Prohibir la caza con perro, eliminar la actividad cinegética en la gestión ecológica, reducir los periodos de caza o reintroducir el lobo.

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