ATICA CLM presenta un recurso de amparo ante el Constitucional por la sentencia de la media veda

La Asociación de Titulares de Cotos, Cazadores y Afines a la actividad cinegética de Castilla-La Mancha, ATICA CLM, ha presentado, en el Tribunal Constitucional, un recurso de amparo contra la sentencia del Tribunal de Justicia de Castilla-La Mancha que anulaba la media veda en nuestra región a instancias de Ecologistas en Acción. En el recurso se pide la anulación de la sentencia al considerar vulnerado el derecho constitucional a la tutela judicial efectiva.


ATICA CLM siempre ha considerado que la sentencia del mes de enero por la que se anulaba la orden de vedas de la temporada 2007/2008, en lo referente a la media veda, era claramente perjudicial para la práctica de la caza en Castilla-La Mancha, ya que, pese a referirse a una concreta temporada ya pasada, hace unas claras indicaciones sobre la aplicabilidad de sus consideraciones y valoraciones a futuras órdenes de veda, lo que ha motivado, por ejemplo, que este año la meda veda se recorte cinco días, que en un total de 30 es un porcentaje muy alto de jornadas de caza perdidos. Esta sentencia fue fruto de una nefasta defensa por parte de la Junta de Comunidades, al entorpecer que los representantes cinegéticos, presentes en los diferentes Consejos de Caza, se personarán ante la denuncia, y tampoco aportó al litigio los informes técnicos que hubieran permitido una resolución favorable e los intereses de los miles de cazadores de Castilla La Mancha. Con independencia de su derecho a la crítica y a pedir responsabilidades por ello, ATICA CLM ha intentado reunirse con los responsables de la Consejería de Medio Ambiente, para coordinar la defensa de los intereses de la caza de la región, pero sus representantes fueron expulsados de las reuniones que se mantuvieron con otros sectores cinegéticos. Por ello ha tenido que proseguir en la defensa de sus asociados, y de la caza en general, de forma independiente. En esta línea, ATICA CLM ha presentado este recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, solicitando la anulación de la sentencia, al considerar vulnerado su derecho constitucional a la tutela judicial efectiva (artículo 24 de la Constitución), por no haberles emplazado en el proceso, conforme exige la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. ATICA CLM considera que era un deber de la Junta y del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha el posibilitar su personación en ese litigio, así como que su calidad de interesado era clara y resultaba incontestable del examen de la propia documentación del litigio. Por ello estima que la sentencia adolece de un claro vicio de nulidad, que exigiría su repetición, y en ello se basa su recurso. A pesar de que esta Asociación ha sido apartada y expulsada de las reuniones que la Junta ha mantenido con otras asociaciones, y de no recibir más información al respecto que lo que ha aparecido en la prensa, ATICA CLM ofrece al resto de miembros del sector cinegético, los estudios jurídicos elaborados sobre esta cuestión, que les permitan a su vez la presentación de sus respectivos recursos de amparo, si esa es su intención. ATICA CLM insiste en la necesidad de la unión del sector cinegético cuando de ello depende la defensa de la caza de Castilla-la Mancha, por lo que hace este ofrecimiento, pese a la discriminación a la que se ha visto sometida. No obstante lo anterior, también quiere hacer constar que la defensa de esos intereses la ejecutará siempre con absoluta independencia, sin someter sus pareceres, su derecho a la sana crítica, ni condicionar sus actuaciones a promesas administrativas sobre favores o tratos de ventaja.
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