El domingo se abre la caza del conejo en Andalucía

La Consejería de Medio Ambiente abrirá la media veda de caza en Andalucía el próximo día 8 de julio siguiendo los criterios de la Orden General de Vedas de la temporada 2007/2008. Esta norma establece que el conejo sólo se podrá cazar los jueves, sábados, domingos y festivos de carácter nacional y autonómico comprendidos entre el 8 de julio y el 9 de septiembre. El empleo de perros en esta modalidad sólo se permite a partir del 15 de agosto.


Las jornadas para la captura del conejo se podrán ampliar en días y en plazo de cierre en los lugares que sean autorizados por su abundancia
Como medida extraordinaria, en aquellos terrenos donde existan daños habituales a la agricultura, el periodo hábil podrá ser ampliado hasta el 15 de diciembre, pudiendo ampliarse a todos los días de la semana los días hábiles de caza en dicho periodo siempre que se autorice expresamente en el correspondiente Plan Técnico de Caza. Un año más se mantiene la prohibición de la caza de la codorniz en algunas zonas acotadas de la provincia de Huelva, dada su confusión con el torillo, ave que comparte el mismo hábitat y que es una de las más escasas del mundo, por lo que está considerada en peligro de extinción. Para evitar la confusión entre estas dos especies (la codorniz y el torillo), la Consejería de Medio Ambiente ha incluido ilustraciones y características de las mismas en los cuadrípticos informativos que reflejan los períodos y días hábiles de caza de la temporada 2007/2008. Por su parte, la paloma torcaz se podrá cazar todos los días de la semana desde el 7 de octubre hasta el 3 de febrero con la salvedad de que, a partir del 6 de enero, sólo podrá cazarse desde puesto fijo. En cuanto a los zorzales y el estornino pinto, la Orden dispone que sólo se podrá cazar los jueves, sábados, domingos y festivos de ámbito nacional y autonómicos comprendidos entre el 4 de noviembre y el 27 de enero, excepto en la zona costera de Cádiz, donde será desde el 7 de octubre hasta el 27 de enero. En relación a la perdiz roja, liebre, codorniz, y el resto de especies de caza menor, el período hábil comprende entre el 7 de octubre y el 30 de diciembre, pudiéndose cazar todos los días de la semana. El periodo de la becada será desde el 13 de octubre al 10 de enero. Este periodo se ha modificado con el fin de adaptar el periodo hábil de caza a lo establecido en el Comité ORNIS de la Comisión Europea en su informe sobre los periodos de reproducción y migración prenupcial de aves cuya caza se permite en la Unión Europea. Hasta e1 27 de enero de 2006 se podrán seguir corriendo liebres con galgos atraillados y cazando liebres con Azor y Águila Harries, siempre que estas modalidades estén autorizadas por el Plan Técnico de Caza y, en el último caso, que la cetrería esté contemplada en el mismo. En lo que concierne a la suelta de perdices, ánades reales y faisanes en cotos intensivos y en escenarios de caza, el periodo se cierra el 30 de marzo. Las codornices también se podrán cazar en sueltas hasta el 30 de marzo en escenarios de caza y durante todo el año en cotos intensivos. Respecto a la perdiz roja con reclamo macho, los periodos hábiles están delimitados por provincias y zonas, según criterios de altitud, permitiéndose la actividad cinegética durante toda la semana. En Cádiz y Málaga (zona única) se podrá practicar esta modalidad desde el 8 de enero al 18 de febrero. Córdoba, Huelva y Sevilla quedan divididas en dos zonas (zona baja desde el 8 de enero al 18 de febrero; y zona alta desde el 15 de enero al 25 de febrero). En Almería, Granada y Jaén se establecen los tres periodos entre los que podrán elegir los titulares de los aprovechamientos y hacerlo constar en el correspondiente Plan Técnico de Caza: del 7 de enero al 17 de febrero; del 21 de enero al 3 de marzo, o del 18 de febrero al 31 de marzo. El tercer periodo únicamente podrá ser concedido a aquellos aprovechamientos cinegéticos situados en terrenos que reúnan las características orográficas, climatológicas y de reproducción idóneas. La norma incluye en el texto de forma explícita al zorro, que podrá cazarse todos los días desde el 7 de octubre hasta el 30 de diciembre. Además, durante la práctica de la caza de cualquier especie cinegética, en las zonas, periodos y días hábiles establecidos en la Orden para las mismas y con sujeción a los cupos de capturas y modalidades aprobadas en los correspondientes Planes Técnicos de Caza, se podrá también cazar el zorro desde el inicio del período hábil de caza hasta el 25 de marzo.

Aves acuáticas

En cuanto a las aves acuáticas, el período hábil se abre el 7 de octubre y se cierra el 27 de enero. Se podrá cazar todos los días de la semana excepto en el entorno de Doñana, dónde sólo se podrá cazar los sábados, domingos y festivos comprendidos entre el 11 de noviembre y el 27 de enero. Como es habitual, en la provincia de Almería queda prohibida la caza de aves acuáticas durante toda la temporada.

Caza mayor

El ciervo, gamo, muflón, arruí, jabalí y cabra montés se podrán cazar todos los días de la semana desde 13 de octubre hasta el 10 de febrero, sólo en terrenos acotados para la caza. Asimismo, se establecen dos períodos para el corzo: desde el 10 de julio al 15 de agosto de 2007 y desde el 5 de marzo al 15 de abril de 2008. Las batidas podrán realizarse, en aquellos cotos que las tengan aprobadas en sus Planes Técnicos de Caza únicamente desde 5 de marzo al 5 de abril de 2008. Aquellos que renuncien a ellas podrán solicitar prórroga para poder cazar a rececho hasta el 25 de mayo de 2008. En la provincia de Almería se limita el ejercicio de la caza a los viernes, sábados, domingos y festivos de carácter nacional y autonómico para todas las especies y modalidades, excepto para la perdiz con reclamo macho y el rececho en la caza mayor, que serán hábiles todos los días.
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