Las repoblaciones de cualquier especie cinegética, salvo el conejo de monte, podrán seguir realizándose de conformidad con los planes técnicos en vigor de los cotos de caza afectados
En días pasados y al objeto de reconducir la situación creada, la FAC y la Consejería de Medio Ambiente mantuvieron una fructífera reunión de trabajo que ha dado lugar a que la Consejería haya remitido a todas sus direcciones provinciales un oficio aclaratorio sobre determinados aspectos técnicos de la Orden de emergencia cinegética temporal; oficio que, tal y como había solicitado la FAC, clarifica, sin lugar a dudas, que las autorizaciones contenidas en los planes técnicos de caza para control de perros y gatos asilvestrados mantienen su vigencia y que las repoblaciones de cualquier especie cinegética, salvo el conejo de monte, podrán seguir realizándose de conformidad con los planes técnicos en vigor de los cotos de caza afectados. De igual manera y en breve, el número de municipios afectados por la citada Orden será ampliado tal y como la FAC solicitó en su momento.
A la vista del resultado de la citada reunión y de los acontecimientos posteriores, la FAC se muestra muy satisfecha con la actual postura de la Consejería de Medio Ambiente al respecto de la Orden de emergencia cinegética temporal de las provincias de Córdoba, Málaga y Sevilla.