Estado de Alarma

Si vas a salir de caza este fin de semana, esto es lo que debes saber sobre las restricciones

La RFEC ha actualizado la situación que afecta a la movilidad para el ejercicio de la caza a día de hoy. Consulta a continuación las restricciones que afectan a tu autonomía.


  Cazador con perro
Cazador con perro

SITUACIÓN POR AUTONOMÍAS Actualizado a  18/12/2020 a las 14:30 horas 

ANDALUCÍA 

  • Confinamiento: desde el 12 de diciembre y hasta las 00:00 horas del 18 de diciembre, se posibilitará la movilidad entre municipios de una misma provincia. Se podrá viajar entre provincias desde las 00:00 horas del día 18 de diciembre hasta las 00:00 horas del 10 de enero de 2021. Se podrá entrar y salir de la autonomía únicamente para agrupación familiar del 23 de diciembre al 6 de enero, ambos inclusive. 
  • Horario toque de queda: de 22:00 a 7:00 horas del 12 al 18 de diciembre. De 23:00 a 6:00 horas del 18 de diciembre al 10 de enero. Noches del 24 al 25 de diciembre y del 31 de diciembre al 1 de enero, de 1:30 a 6:00 horas.
  • Caza declarada actividad esencial: NO.
    • --Municipios confinados: sólo se puede cazar dentro del término. Todas las modalidades de caza.
    • --Permitidos los desplazamientos dentro de Andalucía para todas las modalidades de caza mayor y para el control de población de conejos.

ARAGÓN (actualizado)

  • Confinamiento perimetral autonómico y provincial: SÍ, hasta el 20 de diciembre. A partir del 21, antes de las celebraciones navideñas, los ciudadanos podrán desplazarse entre las provincias de Aragón. El confinamiento perimetral de la comunidad se mantendrá.
  • Horario toque de queda: de 23:00 a 6:00 horas.
  • Caza declarada actividad esencial: NO.
  • SITUACIÓN DE LA ACTIVIDAD CINEGÉTICA:
    • --Municipios y provincias no confinados: permitidos desplazamientos para cazar (a zonas no confinadas) por toda la comunidad.
    • --Municipios confinados: los cazadores, residentes, sólo pueden cazar dentro del término. 
    • --Permitidos los desplazamientos para el control de poblaciones de conejo, jabalí, corzo, ciervo y cabra montés. Ver condiciones y documentación necesaria, aquí.

ASTURIAS (PRINCIPADO DE) 

  • Confinamiento perimetral autonómico: SÍ, y a nivel municipal las ciudades de Oviedo, Gijón y Avilés, desde el 28 de octubre.
  • Horario toque de queda: de 22:00 a 6:00 horas. A partir del 14 de diciembre, de 23:00 a 6:00 horas.
  • Caza declarada actividad esencial: sí, para el caso del confinamiento de las ciudades de Oviedo, Gijón y Avilés (ver circular, aquí).
  • SITUACIÓN DE LA ACTIVIDAD CINEGÉTICA:
    • --Municipios no confinados: permitidos desplazamientos para cazar (a zonas no confinadas) por toda la comunidad.
    • --Municipios confinados: los cazadores SÍ pueden salir de estos tres núcleos urbanos confinados para cazar.

CANTABRIA 

  • Confinamiento perimetral autonómico: SÍ, hasta el 23 de diciembre, cuando se unirá con las medidas acordadas para la Navidad del Consejo Interterritorial de Salud. Se levanta el confinamiento municipal el sábado 12 de diciembre.
  • Horario toque de queda: de 22:00 a 6:00 h.
  • Caza declarada actividad esencial: NO.
  • SITUACIÓN DE LA ACTIVIDAD CINEGÉTICA:
    • --Permitida la movilidad para desplazarse a cazar por toda Cantabria.
    • --NO se puede ir a cazar fuera de la autonomía. 

CANARIAS (actualizado)

  • Confinamiento perimetral autonómico: SÍ, desde el 10 de diciembre y hasta el 10 de enero aplica un confinamiento perimetral, como forma jurídica necesaria para poder exigir el test de antígenos a todos aquellos viajeros internacionales que quieran llegar a las islas. Cierre perimetral de la isla de Tenerife, con toque de queda a las 22:00 horas y ser recomienda (no se obliga) a evitar los desplazamientos entre los municipios de Tenerife.
  • Horario toque de queda: NO. 
  • Caza declarada actividad esencial: NO.
  • SITUACIÓN DE LA ACTIVIDAD CINEGÉTICA:
    • --Permitidos desplazamientos para cazar por toda la comunidad.

CASTILLA-LA MANCHA (actualizado)

CASTILLA Y LEÓN (actualizado)

  • Confinamiento perimetral autonómico: SÍ, hasta el 10 de enero. Se permitirá el tránsito de personas que acudan al domicilio habitual de familiares, no de allegados, entre el 23 y el 26 de diciembre y entre el 30 de diciembre y el 2 de enero.
  • Horario toque de queda: de 22:00 a 6:00 horas. Eventualmente se ampliará en Nochebuena y Nochevieja hasta la 1.30 horas, únicamente para regresar al domicilio.
  • Caza declarada actividad esencial: NO.
  • SITUACIÓN DE LA ACTIVIDAD CINEGÉTICA:
    • --Municipios y provincias no confinados: permitidos desplazamientos para cazar (a zonas no confinadas) por toda la comunidad.
    • --Municipios confinados: los cazadores, residentes, sólo pueden cazar dentro del término. 
    • --Enlace a "Recomendaciones y medidas a adoptar en modalidades colectivas para prevenir el contagio de COVID-19" (JCYL).
    • --La limitación de cierre perimetral y de territorios de CyL (ver nota de la JCyL) no se aplica para todas las modalidades de caza practicadas sobre especies cinegéticas causantes de daños: jabalí, ciervo, conejo y corzo, tanto para el ejercicio de la caza en las modalidades aprobadas en el plan cinegético como para la realización de acciones de control poblacional.
    • --No se aplica la limitación de horario nocturno para la modalidad de espera/aguardo nocturno al jabalí (siempre que esta modalidad figure en la resolución del PC y su titular haya comunicado a Medio Ambiente a través de este trámite).
    • --No se aplica la limitación de cierre perimetral y de territorios de Castilla y León para todas las acciones de control poblacional de jabalí, ciervo, conejo y corzo (siempre que se estén autorizadas por Medio Ambiente a través del este trámite).
    • --Para detalles de acreditaciones de los cazadores, enlazar a "Caza: movilidad, cierres preirmetral y de territorios durante el nivel 4" en la web de la JCyL.

CATALUÑA (actualizado)

  • Confinamiento perimetral y municipal (durante los fines de semana) hasta el 20 de diciembre. El confinamiento municipal de fines de semana tiene previsto levantarse el viernes 18 de diciembre, de manera que se permitirán los desplazamientos entre municipios de la misma comarca entre las 6:00 del viernes y las 6:00 del lunes. Si la situación epidemiológica permite seguir avanzando, está previsto que el confinamiento perimetral de Cataluña se mantenga en las primeras dos fases. A partir del tercer tramo de la desescalada, la movilidad sería libre en el territorio catalán.
  • Horario toque de queda: de 22:00 a 6:00 horas.
  • Caza declarada actividad esencial: NO. 
  • SITUACIÓN DE LA ACTIVIDAD CINEGÉTICA:
    • --Permitidos los desplazamientos por municipios y provincias no confinados con las siguientes SALVEDADES: caza individual y colectiva (menor y mayor) se pueden practicar libremente por el territorio de Cataluña durante la semana (lunes a jueves). Durante el fin de semana sólo en el municipio de residencia y en el limítrofe, sin perjuicio de las limitaciones del “toque de queda” (horario nocturno). Las batidas y otras actuaciones con autorización excepcional de caza por daños (incluyendo las actuaciones nocturnas) se pueden hacer tanto durante la semana como durante el fin de semana, sin restricciones de movilidad dentro de Cataluña. Las actuaciones ordinarias sobre el jabalí se puedan practicar sin restricciones con una comunicación sencilla hecha con 24 horas de antelación.

CEUTA (CIUDAD AUTÓNOMA DE) 

  • Confinamiento perimetral: confinamiento los fines de semana, desde el 30 de octubre.
  • Horario toque de queda: de 23:00 a 6:00 horas.
  • Caza declarada actividad esencial: NO.
  • SITUACIÓN DE LA ACTIVIDAD CINEGÉTICA: permitidos los desplazamientos para cazar por todo el territorio. 

COMUNIDAD DE MADRID (actualizado)

COMUNIDAD VALENCIANA 

  • Confinamiento perimetral autonómico: SÍ. Hasta el 15 de enero. Esta medida se levantará los días 23, 24, 25 y 31 de diciembre y 1 de enero.
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