Análisis legal de la visión nocturna: «Malos entendidos»

El asunto de la visión nocturna no es indiferente a nadie y está en boca de todos en los últimos años. ¿Es legal su utilización?


La existencia de diecisiete normas de caza nos impide hablar de un tratamiento único a nivel nacional. Yo voy a tomar como referencia Castilla-La Mancha, que es la comunidad donde cazo y que nos va a servir como laboratorio legal para analizar qué se puede hacer y qué no se puede hacer. El caso es que esto de la visión nocturna está demasiado oscuro. La cosa es que la realidad va por delante de las normas. La Ley de caza de Castilla-La Mancha prohíbe el uso de «armas que estén provistas de visor para el disparo nocturno» (art. 36.d). Lo primero que hay que decir es que la redacción de este artículo no puede ser peor. Actualmente, todos los rifles están provistos de visores para el disparo nocturno (que es lo que literalmente dice la norma) o diurno. Es un hecho admitido por todo el mundo la utilización de los visores convencionales. En realidad lo que quiere prohibir la norma son los llamados visores de visión nocturna unidos al arma (1ª, 2ª, 3ª generación y cuantos vengan, que intensifican la luz por medios ópticos y electrónicos). La opinión de las Intervenciones de Armas consultadas es que está autorizada, por tanto, la visión nocturna para cualquier otra actividad en el campo que no sea acoplarla a la rifle y utilizarla de forma combinada con un visor para el disparo. Es decir, es perfectamente lícito llevar prismáticos para de visión nocturna o accesorios de este tipo como auxiliares de la caza. Lo que la ley prohíbe es exclusivamente los llamados visores nocturnos. La razón que trasciende de la prohibición es darle ventaja al animal. Que se autorice o no la visión nocturna para la caza tiene tantas ventajas como inconvenientes, tantos detractores como defensores y argumentos de peso en ambas vertientes. Hace unos años, cazar con luz artificial era un medio prohibido. Hoy, podemos decir que todo el mundo está de acuerdo en que la luz artificial aporta seguridad y selectividad, y que no ha supuesto perjuicios para la caza con carácter general. De hecho, la caza mayor sigue aumentando. Seguramente dentro de una década no estemos hablando de la autorización de la visión nocturna para la caza, sino de cómo utilizarla. Seguramente no hablemos de legalidad, sino de deportividad, ética y responsabilidad y lance. Los avances tecnológicos se han ido incorporando a la caza desde siempre y siempre han generado recelo. Un ejemplo es el paso de la ballesta al uso del arcabuz y la pólvora. Se llegó a prohibir su uso en el año 1611 precisamente para evitar la desaparición de la caza. La prohibición tuvo el efecto contrario, pues aumentó el número de furtivos y el empleo de medios prohibidos. Además, creció el número de lobos y los daños a los ganados, por lo que al final, y siete años más tarde, se tuvo que volver a autorizar la «ballesta de trueno», esto es, el arcabuz. No estoy de acuerdo en que puede haber «malos entendidos» con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad por el mero hecho de portar estos aparatos como auxiliares para la caza. Insisto que, en mi opinión, la norma prohíbe la utilización como visores para la caza (instalados en el arma). Evidentemente, de la interceptación en un control de un visor de estos adaptado para acoplarse al rifle se puede deducir que pudo ser utilizada para la caza por la Guardia Civil y denunciar. Pero claro, lo que la Administración debe sancionar (y probar) es la utilización para la caza, y no su potencial, hipotética o posible uso para el disparo en base a deducciones y conjeturas. Es imprescindible el control y el uso responsable de estos aparatos como en tantas ocasiones. Además, y efectivamente ahí está la pregunta del millón, ¿a qué viene vender estos cacharros —los visores para acoplar a rilfe— cuando la realidad es que su uso no es legal? ¿Tiene además sentido esta prohibición en el papel? ¿Qué efectividad tiene prohibir el uso de un bien que se anuncia, se vende en todas partes y del que se han distribuido millones por todo el mundo? Pues ninguno, no tiene ni pies ni cabeza en estos momentos. La modificación de la Ley de Caza de Castilla-La Mancha será pues una buena oportunidad para «intensificar la luz» sobre el uso de estos aparatos y sobre todo para dejar claro qué se puede y qué no se puede hacer en el campo con ellos. Las buenas leyes no saben de malos entendidos, de interpretaciones, ni de intenciones. La seguridad jurídica tampoco, prefiere la claridad.
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