Vacunación antirrábica obligatoria

Una de las muchas obligaciones que tenemos los propietarios de perros es la de vacunarlos contra la rabia de forma periódica. Esta periodicidad depende de las distintas comunidades autónomas, y así, aunque resulte increíble, nos encontramos con que en alguna de ellas (Asturias, Castilla-La Mancha, Cataluña y Galicia) la vacunación contra la rabia es voluntaria.


En otras esta vacunación es obligatoria y debe hacerse de forma bianual (Castilla y León, Extremadura, Navarra, La Rioja y Valencia) y, por último, en las restantes la vacunación contra la rabia debe realizarse anualmente (Andalucía, Aragón, Baleares, Canarias, Cantabria, Ceuta, Madrid, Melilla y Murcia). Ante esta absurda situación, uno se pregunta cuál es el criterio de cada una de ellas para establecer la periodicidad de las vacunaciones, máxime si tenemos en cuenta que según un reciente informe emitido a solicitud de la Asociación Española de Rehalas por el Catedrático del Departamento de Sanidad Animal de la Universidad de Córdoba, Antonio Arenas, resulta que España está libre de rabia humana y animal desde 1979, y que las vacunas autorizadas en nuestro país tienen un periodo de inmunidad superior a los dos años. La Directiva 92/65 CEE, traspuesta a nuestro ordenamiento jurídico a través del Real Decreto 1881/1994 de 16 de septiembre, sólo impone la vacunación obligatoria de los perros y gatos cuando se vaya a producir un movimiento intracomunitario, y en la práctica totalidad de los países de la Unión Europea esta vacunación no es obligatoria. Los que tenemos perros en una Comunidad Autónoma como Madrid nos vemos obligados a cumplir el trámite de vacunar nuestros perros todos los años, a un coste medio de unos 40 euros por perro. Además, esta vacunación debe hacerla un veterinario, que será el que anote la vacunación en la cartilla del perro. También aquí cabe preguntarse por qué tiene que vacunar un veterinario y no lo podemos hacer los dueños de los perros, máxime si tenemos en cuenta que el precio real de la vacuna no supera los 10 euros. Si resulta que España está libre de rabia desde hace más de 30 años y que las vacunas que actualmente se comercializan tienen un periodo de inmunidad superior a los dos años, resultando además que esta vacunación no es obligatoria en otros países de la Unión Europea, parece bastante claro que la medida beneficia sólo a los veterinarios y ocasiona a los dueños de los perros un gasto innecesario. Contra la Orden de 19 de abril de 2010 por la que se impone la vacunación antirrábica anual de los perros en Andalucía se ha interpuesto un recurso por parte de la Asociación Española de Rehalas y la Federación Andaluza de Caza. Los argumentos técnicos y jurídicos aportados son concluyentes, por lo que es de esperar que el legislador andaluz se vea obligado a rectificar la indicada Orden, de forma que la vacunación anual contra la rabia deje de ser obligatoria, al menos cada año.
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